El artículo 31 del Código Orgánico Monetario y Financiero establece "(...) El Banco Central del Ecuador deberá publicar los estados financieros mensuales, dentro del término de quince (15) días posteriores a la fecha de cierre de cada mes (...)".
Estado de Situación Financiera
[Datos desde Dic. 2004 ]
Estados de Resultados
[Datos desde Dic. 2004 ]
Balance General
[Clasificado en los Cuatro Sistemas]