RESERVAS DE LIQUIDEZ (RL) y COEFICIENTE DE LIQUIDEZ DOMÉSTICA (CLD) Y ENCAJE
Encaje: Constituye el monto promedio semanal de los saldos diarios en dólares de los Estados Unidos de América que dispongan las EFI en las cuentas corrientes que mantienen en el BCE.
Reservas de Liquidez: Es una reserva de carácter prudencial para garantizar adecuados márgenes de seguridad financiera. Los bancos privados y las mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda deberán constituir y mantener reservas de liquidez respecto de sus captaciones, en los niveles y activos definidos en la normativa legal vigente.
Coeficiente de Liquidez Doméstica: Es la proporción de liquidez local sobre la liquidez total que debe constituir una entidad financiera conforme el porcentaje establecido en la normativa legal vigente.
NORMATIVA VIGENTE
1.- Encaje Y RL: Resolución Nro. JPRM-2023-026
2.- Código Orgánico Monetario y Financiero
3.- Encaje y RL: Resolución N° JPRM-2023-013-M
4.- CLD: Codificación de Regulaciones de la JPRMF
5.- Encaje y RL: Resolución Administrativa Nro. BCE-GG-004-202
NORMATIVA NO VIGENTE
1.- Encaje y RL: Resolución N° JPRM-2022-002-M
2.- Encaje y RL: Resolución Nro. JPRM-2023-002-M
INSTRUCTIVOS
Instructivo IG-073_V4.0_2023 Reservas de Liquidez, Coeficiente de Liquidez Doméstica y Encaje.
MATRIZ DE COMISIÓN DE ENCAJE
FORMULARIO PARA SOLICITAR CLAVES